DECISIÓN
Por las razones antes expresadas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional intentada por los ciudadanos JAVIER VIERA, WINDER PINTO, ERIDSON HIDALGO y ASDRUBAL NAVARRO, titulares de las cedulas de identidad Nros.V-9.699.56, 17.215.285, 12.143.360, 5.276.316 respectivamente, en representación del Sindicato Unión de trabajadores de las empresas Procesadoras, traslado, Transporte de Laminas, Mantos Climatizadas, Mantos Asfálticos, Similares y Conexos del Estado Carabobo (UNTRALACLIMAN), en contra de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS ATANASIO GIRARDOT, MARIO BRICEÑO IRRAGORY, SANTIAGO MARIÑO, LINARES ALCANTARA Y COSTA DE ORO DEL ESTADO ARAGUA. Y ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SENTEN.....