Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado Piter González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 135.870 actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Pavel Ernesto Malave Valiente, titular de la cédula de identidad N° 6.158.678, contra la Providencia Administrativa N° 065-13, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, Sede Norte, en fecha 18 de febrero de 2013, con motivo al procedimiento de Reenganche y pago de salarios caídos incoado contra la entidad de trabajo Banco Industrial de Venezuela, SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. TERCERO: No hay condenatoria en costas. -