El Tribunal para pronunciarse observa:
En lo que respecta al "CAPITULO I (PRUEBA DOCUMENTAL):
"... De conformidad con lo previsto en los artículos 479 del Código de Procedimiento Civil, promovemos MARCADA A, una carpeta contentiva de todos los documentos originales que constituyen todos los soportes contables y legales de DISTRIBUIDORA LUMOSA, S.A., para la imputación al costo de los bienes vendidos y que han sido rechazadas por la fiscalización dando lugar el presente reparo. De la misma manera en la referida carpeta se encuentran todos los soportes legales y contables que hacen prueba de la veracidad de las erogaciones deducidas como gastos por la empresa y que fueron rechazados por la fiscalización, al decidir hacer la fiscalización sobre base presunta y no sobre base cierta como ordena el Código Orgánico Tributario..."
"... En la referida carpeta MARCADA A. podrá este Tribunal encontrar todos los soportes de costos y gastos rechazados por la fiscalización del SENIAT y que.....