En virtud de todo lo antes traído a colación, y con ocasión que el demandante en escrito de reforma de la demanda presentado en fecha fecha 22 de septiembre de 2025, compareció la parte actora ciudadanos JUAN CARLOS ANGULO MARQUEZ, identificado con la cedula de identidad Nº V-25.953.977, actuando en su propio nombre y en representación de la ciudadana ANDREA CRISTINA ANGULO MARQUEZ, identificada con la cedula de identidad Nº V-20.649.093, según consta de poder general otorgado por la Notaría Pública Cuarta de Maracay en fecha 28 de junio de 2016, anotado bajo el Nº 36, Tomo 105, folios 124 al 126 de los libros de autenticaciones; y MARÍA TERESA ANGULO ZAPATA, Identificada con la cedula de identidad Nº V-28.267.896; en su condición de integrantes de la SUCESIÓN JUAN CARLOS ANGULO PALENCIA, debidamente asistidos por los abogados LAWRENCE CALDERON y JOSE LUIS PINTO, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 78.428 y 177.540, reformaron la presente demanda, y la procedieron a estimar en la.....