Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio efectuada por los ciudadanos BRUNO RAFAEL VICHETTI LEON y SARA CAROLINA VALERIO CORUJO DE VICHETTI, ya identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 14 de noviembre de 2003, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, bajo el Acta N° 16, Folios 32, tomo IV, año 2003, de los libros llevados por el Registro Civil del Municipio Autónomo Girardot, del Estado Aragua.