DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Tercero Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO expresado por el ciudadano Abg. GREGORY RAMIREZ, IPSA Nº 122.659, actuando con el carácter de Apoderado judicial de la Sociedad Mercantil DEL MONTE ANDINA C.A, mediante diligencia de fecha 24 de octubre de 2011, con ocasión al recurso de nulidad contra la providencia dictada en fecha 05/05/2011, por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del estado Aragua. SEGUNDO: Se ordena el cierre y remisión del presente asunto al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SENTENCI.....