DISPOSITIVA
En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Santa Bárbara y Aguasay de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la Demanda de Desalojo incoado por ciudadana CLARA ALMEIDA VIUDA DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.146.803; quien actúa en su propio nombre y representación de la sucesión ALMEIDA SHIAFFINO, contra ciudadana CLARA HOMSI. En consecuencia:
PRIMERO: La parte demandada deberá desalojar el inmueble arrendado constituido por un local comercial, ubicado en la calle Anzoátegui, de la Ciudad de Puerto la Cruz, Jurisdicción del Municipio Sotillo, Estado Anzo.....