Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Querella Funcionarial (Nulidad de Acto Administrativo) intentado por el ciudadano GEHOMAR GABRIEL LARA RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.056.564, asistida por el abogado Cesar Viso Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 28.654, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CEDEÑO DEL ESTADO MONAGAS.
SEGUNDO: se declara NULO el acto administrativo de remoción dictado por la Alcaldía del Municipio Cedeño del Estado Monagas contenido en la Resolución N° D-A-1220150096, de fecha 23 de diciembre de 2015.
TERCERO: SE ORDENA la reincorporación del querellante al cargo de Promotor Social (encargado) del cual f.....