Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 30 de junio de 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay b, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano EDECIO SÁNCEHZ LEÒN, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES MARQUI, C.A., y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, a cancelar al demandante, a la accionada, a cancelar a los demandantes, la cantidad que será determinada en la reproducción integra del fallo, conforme al fallo oral dictado. TERCERO: .....