este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial Estado Aragua, con Sede en Cagua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana ARLET NORELLYS GONZÁLEZ MELO, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión docente, titular de la cédula de identidad N°V-10.458.593, hábil en cuanto a derecho se requiere y de este domicilio, número telefónico de contacto 0412 - 9673212(WhatsApp), correo electrónico juanh.tovar@gmail.com, asistida en este acto por el Abogado en libre ejercicio Juan H. Tovar Galiano, titular de la cédula de identidadN°V-11.270.479, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº124.367.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.