IV. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial ut supra señaladas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada, la ciudadana ANA JULIA ATENCIO DE BUJ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.230.498, representada por su apoderado Judicial Abogado CARLOS JORGE YGUARO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.928.734, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nro. 86.719, por cuanto esta Superioridad, evidencio que las modificaciones realizadas al inmueble arrendado, se encontraban con anterioridad a la celebración del contrato de arrendamiento, según consta en documento debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmo.....