Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos FRANCISCO RAMON RAMIREZ BRITO y LUZ BEATRIZ REYES ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-587.738 y V-2.518.684, respectivamente, el día"24 de agosto de 1982", por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Zamora del Estado Aragua , según Acta de Matrimonio signada con el Nº 120.