Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 30/10/2008, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. Queda así confirmada la anterior decisión, que declaró Extinguido el Procedimiento, incoada por la ciudadana CARMEN ROSALIA NUÑEZ BENITEZ, identificado en autos, por Cobro de prestaciones sociales contra INCE ARAGUA" identificada en autos.