Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud, incoada por la ciudadana VIANEY DEL CARMEN HERRADE, venezolana, mayor de edad, domiciliad en el Sector Vallecito, Calle el Carmen, Casa S/N, jurisdicción del Municipio San Casimiro del Estado Aragua y portadora de la Cédula de Identidad Nº V-10.668.739, por solicitud de TITULO SUPLETORIO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en San Casimiro a los veintiséis (26), días del mes de noviembre de 2010. Años 200 de la Independencia y 151 de la Federación.-