MEDIACIÓN POSITIVA QUE SE LOGRA AL INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, habilitada para celebrar transacción acordada de mutuo acuerdo entre las partes, en la que la parte demandada paga en este mismo acto la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.159.376,43) que se pagan en cheque de Gerencia identificado con el N° 08829123, del Banco Provincial, el cual recibe el demandante en este mismo acto, homologandose el acuerdo de la partes en esta fecha.