Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declara: Primero: Con lugar el recurso de apelación formulado por la parte demandada recurrente, Segundo: Sin Lugar el recurso de apelación formulado por la parte demandante recurrente, Tercero: Revoca parcialmente el auto de fecha veinticinco (25) de de Octubre de 2012, emitido por el Juzgado Tercero de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en juicio de pago de otros conceptos e indemnizaciones provenientes de la aplicación de la Convención Colectiva Petrolera, incoaran los ciudadanos LUIS ALFREDO MENDEZ SALAZAR y AQUILES IDROGO contra la empresa VIPA, C.A. Particípese de la presente decisión al Tribunal de la causa. Líbrese oficio.