Desde la mencionada fecha hasta el día de hoy la presunta solicitante LORENA COROMOTO SORIA CABEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.170.567, y de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio SUGEIS CASTILLO, Abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado N° 110.868, no han comparecido por ante este despacho para su debida identificación y posterior firma del respectivo escrito de solicitud; lo que demuestra falta de interés en continuar con el presente procedimiento. Por tal motivo, quien decide tiene como no propuesta dicha solicitud de divorcio, por cuanto no se logró verificar que ni su supuesto solicitante, ni tampoco su presunta abogada asistente identificado en dicho escrito, son efectivamente quienes allí se mencionan, lo que afecta la validez jurídica del aludido escrito puesto que equivale a una petición anónima.
Por tales razonamientos este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de.....