DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. en la presente de demanda de INTERDICTO RESTITUTORIO, interpuesta por el abogado en ejercicio JOSE MENDOZA GAMEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 61.115, en su carácter de Apoderado judiciales de los ciudadanos CARLOS JULIO SALINAS, FANNY SALINAS, FRANKLIN ANTONIO SALINAS, BRAULIO AVELINO SALINAS, BRAULIO ALEXIS SALINAS Y FELIX MARTIN SALINAS, titulares de las cédulas de identidad números 5.592.875, 6.244.536, 7.663.097, 949.810, 10.539.538 y 6.169.662, respectivamente. Contra la ciudadana MIRIAN DEL VALLE MARTINEZ, Titular de la cedula de identidad N° 4.227.813......