DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones señaladas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR la oposición planteada por el Abogado Venturino Somma, Inpreabogado No. 22.834, actuando en su carácter de co-apoderado judicial del co-demandado Robert José De Lima Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.122.348. Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los veintisiete (27) día del mes de Enero de Dos Mil Veintitrés (2023).- Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.