Conforme a los razonamientos anteriormente expuestos, y dada las facultades que tiene este Juzgador en Materia Contencioso Administrativa Agraria, se declara COMPETENTE para Conocer del presente asunto, asimismo, SE ADMITE el mismo, cuanto ha lugar en Derecho y se ordena notificar, al INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) (parte demandada), en la persona de su Presidente y a la Procuraduría General de la República, ambas mediante boletas, para que en un lapso de diez (10) días de Despacho contados a partir de que conste en autos la última notificación, mas seis (06) días concedidos como término de la distancia y agotados los noventa (90) días de suspensión del proceso, establecido en el artículo 96 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, procedan a oponerse al Asunto Contencioso Administrativo de Nulidad; asimismo, se ordena librar cartel de notificación al Ciudadano MANUEL JOSÉ AVILA SOLORZANO, titular de la Cédula de Identidad N° 8.281.850, así como a cualquier .....