PRIMERO: ACUERDA Prescindir de los medios probatorios que no comparecieron a este debate judicial. SEGUNDO: Declara ABSUELTO a los acusados: ARACELIN DEL VALLE MARTINEZ SILVA, titular de la cedula de identidad N° V- 24.171.271, fecha de nacimiento 24-02-1992, edad 28, profesión: del Hogar, dirección: CALLE LAS FLORES, CASA S/N, SAN SEBASTIAN DE LOS REYES ESTADO ARAGUA, y OSCAR VLADIMIR PARRA MARQUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 13.218.054, fecha de nacimiento 01-06-1999, edad 28, profesión: Técnico en Refrigeración, dirección: CALLE LAS FLORES, CASA S/N, SAN SEBASTIAN DE LOS REYES ESTADO ARAGUA, de los cargos formulados por el Fiscal del Ministerio Público, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el articulo 406 Ordinal 2° del Código Penal, así mismo se considera que es procedente declarar al acusado INCULPABLE de los hechos imputados y en consecuencia se le absuelve de responsabilidad pe.....