Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido, en fecha 11 de octubre de 2022, por el abogado Joao Henriques Da Fonseca, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte accionante, ciudadana YUDITH ECHEVERRIA DE GRECO, contra la decisión de fecha 06 de octubre de 2022, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó el decreto de la medida solicitada en el escrito libelar, del presente procedimiento de INTERDICTO DE AMPARO seguido por la re.....