decide en los siguientes términos: 1.- : Fijar la audiencia de juicio oral y privado para el día Jueves 06-04-06, a las 10:00, horas de la mañana. 2.-: Mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad decretada por el Tribunal Primero de Control de esta Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes de fecha 27-12-03, al ciudadano ------------------, PLENAMENTE IDENTIFICADO EN ACTA, referida en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por lo que deberá presentarse ante la Oficina de Alguacilazgo cada ocho (08) días específicamente los miércoles en horario comprendido entre las 08:30 am hasta las 12:00 del mediodía,; quedando notificadas las partes de la fecha fijada para la celebración de la audiencia de juicio oral y privado comprometiéndose las mismas a la fecha y hora señaladas. Librese Boleta de Libertad. Notifíquese a la Victima. Es todo Cúmplase.
EL JUEZ,
DR. MEDARDO MUÑOZ MUÑOZ
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