DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento de la persona natural demandada , hecho por el abogado JOSE GUTIERREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 108.059, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS LUIS TORRES, cédula de identidad N° V-13.201.647.
SEGUNDO: Se le otorga el carácter de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: El procedimiento continuara en relación a la persona jurídica TORNERIA MENDOZA, C.A. (TORMECA). Líbrese cartel de notificación.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Prime.....