este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACION ejercida por la parte demandante, contra de la decisión dictada en fecha 16 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión apelada en los términos expuestos y en consecuencia, se declara Con Lugar la demanda interpuesta por el Ciudadano ROMULO JOSE ORTEGA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.393.342, y se condena a la demandada, BENEFICIADORA DE CARNES ZAMORA y el MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO ARAGUA; a cancelar a la parte actora, la cantidad de VEINTE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES CON VEINTISEIS CENTIMOS (Bs. 20.355,26), por los conc.....