PRIMERO: Vista la admisión de hechos, este Juzgado condena al ciudadano: EDUIMBER JOSE LINARES MARTINEZ, VENEZOLANO, DE 40 AÑOS DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO V- 13.721.084, FECHA DE NACIMIENTO: 18-11-1975, RESIDENCIADO EN: BARRIO MARISCAL SUCRE CALLE URDANETA, NRO 44 MARIARA ESTADO CARABOBO; es de OCHO (08) AÑOS Y DOS MESES DE PRISIÓN; por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 en su tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de la adolescente de dieciséis años de edad.
SEGUNDO: Se Mantiene La Medida Privativa Preventiva de Libertad, en contra del imputado, conforme lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 237 Ejusdem,TERCERO: Se condena a cumplir con las penas accesorias, contempladas en el artículo 16 del Código Penal vig.....