Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en materia de delitos de violencia del estado Aragua, en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
Primero: Se declara Competente para conocer del presente Recurso de apelación, interpuesto por el abogado Jhonny Alberto Perdigón González, actuando con el carácter de fiscal Auxiliar Interino Trigésimo Séptimo (37º) del Ministerio Público del estado Aragua, en contra de la decisión emitida por Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control, Audiencias y Medidas del circuito judicial en materia de delitos de Violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua, de conformidad con el artículo 127 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Segundo: Se declara Sin Lugar el presente Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el abogado Jhonny Alberto Perdigón González, act.....