Por las razones expuestas y de conformidad con las disposiciones legales invocadas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES incoado por la Abogados YONNY ALMAQUI YOUKDADAR y SERAFÍN A. MAGALLANES LOBO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 48.297 y 36.212, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano ARGENIS ALVIAREZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.190.652, interpusieron demanda de COBRO DE BOLIVARES contra la ciudadana: BETTY COROMOTO PALACIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.401.176 y de este domicilio. En consecuencia, se condena a la parte demandada al pago de la suma de VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS QUINCE BOLIV.....