Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN LEGAL DE ENTREGA DE INMUEBLE ARRENDADO incoada por la ciudadana ALIDA TEODORA ALVAREZ DE FLORES, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-2.027.893 y de este domicilio, asistida por el ABG. LUIS FERNANDO MARTÍNEZ E., Inpreabogado N° 47.020, contra el ciudadano FRANCISCO MANUEL BARRIOS HERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-4.401.527 y de este domicilio. SEGUNDO: Por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte Actora.
Se deja constancia que la presente decisión se dictó dentro de.....