Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: INADMISIBLE EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD ejercido por la sociedad mercantil JEANTEX C.A., contra el acto administrativo constituido por el Acta de fecha 28 de agosto de 2008, levantada y suscrita pro la funcionaria CAROLINA PAREDES, titular de la cedula de identidad No.15.994.423, en su carácter de psicóloga adscrita a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Aragua, que corre inserta a los folios 94 y 95 de este expediente y contra el acto administrativo constituido por la Certificación emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Aragua del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, No.013-11 de fecha 12 de septiemb.....