este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, después de haber realizado la revisión del escrito y haber constatado que no es contrario a derecho, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa dicha transacción en lo que corresponde a los conceptos arriba identificados, dándole efecto de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sin que dicha homologación recaiga sobre los siguientes conceptos, a) Cualquier tipo de remuneración que pudiera estar pendiente; b) Daños y perjuicios, incluyendo si que implique limitación, Indemnizaciones legales o convencionales; c) Daños directos o indirectos, materiales, morales o consecuenciales; d) Daños a la propiedad o por responsabilidad civil; e) Lucro cesante; f) Pagos por terminación voluntaria y cualquier otro beneficio .....