Este Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora, en contra de la decisión de fecha 09 de Marzo de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada y en consecuencia, SE REPONE LA CAUSA al estado de celebración de audiencia preliminar inicial en el presente asunto, para lo cual la Jueza deberá tomar las previsiones a objeto de garantizar el encuentro a las partes, sin necesidad de notificación toda vez que estas se encuentran a derecho.- TERCERO: No se condena en costas del recurso dada la naturaleza de la presente decisión.