HOMOLOGACION. El Tribunal en vista que la transacción versa sobre derechos litigiosos y discutidos, da por concluido el presente proceso y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole el carácter y efecto de COSA JUZGADA. Igualmente se acuerda agregar a los autos, copia de la carta de renuncia, copia de la liquidación de prestaciones sociales, y copia fotostática del cheque. Finalmente la ciudadana Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta transaccional quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido.
Dándose por cerrado el acto a las diez de la mañana (10:00 a.m.) del día de hoy, veintisiete (27) de abril de Dos Mil Dieciocho (2018). Se hacen tres (4) ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto. Es Todo. Terminó, se leyó y conforme firman.
LA JUEZ
MARIA ELERIDA RUIZ
PARTE ACTORA y .....