"... Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos; este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO, el DESISTIMIENTO, realizado por la ciudadana LUZ MARIA ECHENIQUE, en fecha 19 de mayo de 2011, asistida por la abogada Rosa Rico, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 101.195, en la presente causa por CUMPLIMIENTO DE LA HOMOLOGACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada en contra del ciudadano WILFREDO JOSE GARCÍA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.633.393.
SEGUNDO: Se ordena la devolución de los originales inserto al folio 5 de la pieza primera del expdiente de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
En virtud de la especial naturaleza del presente fallo n.....