En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación ejercido en fecha 13 de noviembre de 2014, por los abogados Darío Perozo y Luis Castellanos, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 24.500 y 14.910, respectivamente, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Greisi Carolina Bello Flores, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.256.703, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 02 de julio de 2014, la cual declaró Parcialmente Con Lugar la present.....