Por todos los razonamientos y consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.- "Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley "; acuerda: La HOMOLOGACION del mismo dándole toda la fuerza de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda incoada por el ciudadano: JOSÉ FERNANDO TITUANA GUAYASAMIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 24.850.074, con domicilio en la ciudad de puerto Ordaz, Estado Bolívar, asistido por la ciudadana ANTONIA WALLS, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado ajo el Nº 107.666 respectivamente y domiciliada en el Estado Bolívar, contra el ciudadano NELSON GARCÍA REATIGA. Extranjero, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº E- 81.795.105 y .....