D E C I S I Ó N
Por las razones que anteceden, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la abogado LR, INPREABOGADO Nº 304, en su condición de apoderada judicial de la entidad de trabajo PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., en contra de la decisión dictada en fecha 02 de mayo de 2025, por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay.