PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentado el 21 de Junio de 2011 por la parte actora, ciudadana JOELY SARINA OTERO ROSARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.908.310, y de este domicilio, asistida por las Abogados VERONY LAYA GARBOZA y RENATA LAYA GARBOZA, INPREABOGADO números 78.653 y 113.285, respectivamente, y de este domicilio; y la Abogado GILMA BETTY ROSS, INPREABOGADO número 15.698, en su carácter de Apoderada Judicial de la sociedad mercantil demandada, LATINA PUBLICIDAD EXTERIOR C.A. debidamente constituida e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 23/11/1987, bajo el N° 117, Tomo 266-A.; por monto total de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 35.000,00). Y así se decide. SEGUNDO: SE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. T.....