III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana ISABEL ELENA ESCOBAR contra los Herederos de LUÍS RODRIGO ESCOBAR BLANCO, quien fuera venezolano y titular de la cédula de identidad No.1.864.410, y de su esposa, CRUZ MIRELLA RODRÍGUEZ DE ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.2.997.882 y sus hijos RODRIGO ARTURO, ROMMEL ANTONIO, MIRELIS ROSANA, y ROMY ESCOBAR RODRÍGUEZ, antes identificados, por PRESCRIPCIÍON ADQUISITIVA.
SEGUNDO: Téngase la presente decisión como suficiente título de propiedad a favor de la ciudadana ISABEL ELENA ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.3.....