En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuso la ciudadana MARIA ISABEL DE SOUSA PENA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.601.832, de este domicilio, contra la empresa FARMACIA Y PERFUMERIA YOLICRIS, C.A., inscrita en la Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 31 de enero de 2001, bajo N° 74, Tomo 15-A-Sgdo.; en consecuencia se condena a la demandada, a pagar a la actora, las siguientes cantidades:
PRIMERO: Por concepto de Prestación de Antigüedad, adquirida desde la fecha que ingresó, 23 de julio de 2005, hasta la fecha que.....