Por las motivaciones antes expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por con motivo de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS intentara el ciudadano EDGARDO JOSÉ PINO MOROS, titular de la cédula de identidad Nº V-14.297.285., contra la entidad de Trabajo Entidad de Trabajo BZS CONSTRUCCION, S.A. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas. TERCERO: Remítanse el asunto a su Tribunal de origen una vez transcurrido el lapso establecido en Ley.