Primero: Se declara CON LUGAR la solicitud de Constitución de Hogar, interpuesta por la Abogada YNES ZORAIDA PARRA BOLÍVAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 170.595, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ALICIA MERCEDES CESAR DE PINEDA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.846.605, a tenor de lo dispuesto en el artículo 632 y siguientes del Código Civil.
Segundo: Se constituye HOGAR a favor de los ciudadanos ALICIA MERCEDES CESAR DE PINEDA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.846.605, CARLOS SEGUNDO PINEDA, portador de la cédula de identidad N°. V-3.494.611, y de sus siete (07) hijos: ciudadanos KEYLA JOHANA PINEDA CESAR portadora de la cédula de identidad N°. V- 18.644.068, estado civil soltera; IGOR DE JESUS PINEDA CESAR, portador de la cédula de identidad N°. V-18.232.879, estado civil soltero; GERSON HELY PINEDA CESAR, portador de la cédula de identidad N°. V-17.042.187, estado civil soltero; ROBINSON ALEXA.....