D E C I S I O N
Por las razones y motivos aquí expresados este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana CARMEN CECILIA GUEDES contra la Empresa DINCAR ARAGUA, C.A. ambos debidamente identificados, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar a la actora CARMEN CECILIA GUEDES la cantidad que arroje la experticia complementaria de fallo ordenada en la motiva del presente fallo. ASI SE DECIDE.- TERCERO: Igualmente se ordena practicar experticia complementaria del fallo, descontándose las cantidades recibidas, según se evidencia de la copia del Expediente que corre inserto a los folios 158 al 168, así como los intereses Mora y la Corrección Monetaria, de conformidad con los parámetros que se explanan a continuación: C.....