En este estado, vista la incomparecencia de la parte demandante a la presente audiencia de juicio, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDA LA ACCIÓN, conforme a las previsiones del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo el técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano ANTONIO RIVERO. Dándose por cerrado el presente acto hoy, siendo las 12:00 m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ DE JUICIO,
DR. HECTOR CASTELLANOS AULAR.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONADA
REPRESENTANTE LEGAL DEL TERCERO LLAMADO A LA CAUSA Y ABOGADOS ASISTENTES.
LOS TESTIGOS DE.....