Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo, intentado por la empresa AGUAS DE MONAGAS, C.A., antes identificada, en contra del Acto Administrativo solicitado. SEGUNDO: Se CONFIRMA la Providencia Administrativa Nº N° 00095-2012 dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas, en fecha 11 de julio de 2012, contenida en el Expediente Nº 044-2011-01-00904, mediante la cual ordena el reenganche y pago de los salarios caídos, del ciudadano MARCOS EDUARDO BARCENAS, plenamente identificado en autos. TERCERO: Se revoca la medida de suspensión de efectos del acto administrativo, en consecuencia, Comuníquese a la Inspectoría del Trabajo de Maturín del estado Monagas, esta decisió.....