Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 21 de Septiembre de 2016, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la Victoria. Queda así confirmada la anterior decisión, que declaró Desistido el Procedimiento y Terminado el Proceso. SEGUNDO: HOMOLOGA, el acuerdo celebrado entre el ciudadano IBRAHIM JOSUE ASCANIO MOTABAN, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.855.097, y la Entidad de Trabajo ALIMENTOS RONALD, C.A. TERCERO: No se condena en costas del recurso dado la naturaleza de la presente decisión.