DISPOSITIVA
En base a todo lo antes expuesto, con la finalidad de reestablecer el procedimiento, los derechos y garantías de los adolescentes, un debido proceso y una Tutela Judicial Efectiva, este Tribunal Segundo de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA del adolescente IDENTIDAD OMITIDA existiendo para el Ministerio Público la posibilidad de continuar con la investigación. En consecuencia se Ordena el egreso de los prenombrados adolescentes desde la sede de este Circuito Judicial Penal. Líbrese lo conducente y Remítanse las presentes actuaciones al Ministerio Público. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. DILIA MENDOZA BELLO
LA SECRETARIA,
ABG. MARIUVE PEREZ