Por cuanto se evidencia que el ciudadano CARLOS ALBERTO AREVALO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.258.045, en su carácter de parte actora tiene facultad expresa para desistir del presente procedimiento, y por el razonamiento antes expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento en los mismos términos y condiciones expuestas por la ciudadana JUDITH FERNANDEZ FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.394.461, y de conformidad con lo previsto en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, se declara extinguida la instancia. Y así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.