IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la recusación interpuesta por los ciudadanos GABRIAELA ALEJANDRA PINEDA MONSALVE, en su carácter de Victima, debidamente representado por la Abogado, EDUARDO JOSE OVALLES ESCALONA, en su carácter de Apoderado Legal, en contra de la Abogado NERY ALVAREZ, Juez Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia en Funciones de Control, en la causa seguida al ciudadano RANDOLPH ZACHARY VELASQUEZ.- Y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y diarícese la decisión y remítase la presente Incidencia al Tribunal Cuadragésimo Primero (41°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.