Este Tribunal mediante auto resuelve: Se acuerda que la Ciudadana Secretaria realice la certificación del vencimiento del lapso establecido para que tenga lugar la presentación del acto conclusivo de la Investigación Fiscal, todo de conformidad con lo que establece el artículo 26, 49,de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo que establece el artículo 5 de la ley que regula la Materia de Violencia Contra la Mujer.-